Espainiako hipoteka-sistema Europako Parlamentuan
2013/10/24
Parlamentuan kide naiz batzordeetatik kuttunetan Eskaerena dut. Izan ere, Eskaeren batzordera herritarren kezkak iristen dira, herritarrek beraiek zuzenean helarazita. Aukera ematen digu herritarren eguneroko kezka horiei buruz eztabaidatzeko, erabakiak hartzeko eta bideratzen saiatzeko.
Bertara iritsitako bat Espainiako hipoteka-sistemaren desegokitasunari buruzkoa izan da. Batzordeak gaiaren garrantzia eta eragin soziala ikusita Batzordeari ahozko galdera bat egin dio. Ahozko galdera hori Osoko Bilkurara joango da eta bertan gaiari buruzko eztabaida gertatuko da.
Hau urrats bat da etxebizitza duinaren eskubidearen aldeko borrokan, baina bide horretan lanean tinko jarraitu beharko dugu eskubidea errealitate bilaka dadin.
Hona galderaren textua gaztelaniaz:
La legislación y las prácticas en materia de financiación de préstamos hipotecarios difieren notablemente en Unión Europea, lo que implica desigualdades entre los distintos Estados miembros en el nivel de protección del consumidor y de las condiciones para el reembolso de la deuda. En España, la sociedad civil está contestando la existencia de cláusulas abusivas en los contratos hipotecarios y la falta de protección para los prestatarios. Más allá del vínculo causal entre el estallido de la burbuja inmobiliaria y la crisis económica, el impacto de la crisis ha agravado rápidamente la situación de desposeimiento de los titulares de un crédito que no pueden, de forma temporal o permanente, hacer frente al pago de su hipoteca.
Las prácticas abusivas presentan una doble vertiente. En primer lugar, el número y alcance de varias peticiones presentadas al Parlamento demuestra que, en la práctica, los consumidores encuentran barreras decisivas para obtener una información clara y precisa (es decir, en un lenguaje comprensible), algo esencial cuando se van a tomar decisiones fundamentales en la vida. La residencia principal de una familia es un elemento central de su bienestar actual y de su prosperidad económica y social en el futuro.
En segundo lugar, los Tribunales españoles y europeos, así como los peticionarios, han identificado varias cláusulas y prácticas abusivas en el sector hipotecario en España, entre las que se cuentan las siguientes:
1. cláusulas de interés mínimo («cláusulas suelo») que impiden a quienes contratan un préstamo hipotecario beneficiarse de las bajadas del índice de referencia;
2. utilización en los contratos del Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) en lugar del tipo interbancario Euribor;
3. tipos de interés de demora del 20 %;
4. falta general de transparencia derivada del uso de un lenguaje complejo, información engañosa e introducción de cláusulas que pueden resultar desproporcionadamente onerosas para el titular del préstamo.
¿Cómo piensa la Comisión, en términos concretos, controlar la aplicación de la sentencia del caso C-415/11 Aziz? ¿Cuándo tiene previsto proponer una legislación que armonice las cláusulas de los contratos de préstamo hipotecario y los procedimientos de reembolso de la deuda en toda la Unión, y que garantice protección a los titulares de un préstamo hipotecario proscribiendo definitivamente las cláusulas y prácticas abusivas?
¿Está al tanto la Comisión de las nuevas medidas adoptadas por el Gobierno español para solucionar la situación y prevenir las prácticas abusivas? En caso afirmativo ¿qué opina la Comisión de dichas medidas?